Código de Ética y Normas de Práctica
PREAMBULO
Los miembros de la Sociedad de peritos maritimos acreditados deberán ser personas íntegras, que lleven a cabo negocios de una manera profesional, ética. Los miembros no deben violar o intentar violar el código de ética y normas de la práctica, a sabiendas o ayudar o inducir a otros a hacerlo. Los miembros serán dedicados a la preservación de vidas y bienes en el medio maritimo.
1. ESFORZARCE PARA MEJORAR LA PROFESIÓN DE INSPECCIÓN MARÍTIMA
El perito hará lo siguiente:
Ser competente, puntual, diligente y demostrar el respeto por la profesión de perito. (Para estar capacitado requiere conocimiento, habilidad, consideración, y la preparación razonablemente necesaria para la asignación).
Gozar de una reputación favorable dentro de la comunidad empresarial local.
Cooperar en el desarrollo de la profesión de perito maritimos :
Contribuyendo con habilidad y conocimiento, al comprometerce con la profesión para servir al público.
Intercambiando información general con sus compañeros y asociados.
Contribuir a la labor de las sociedades técnicas, agencias reguladoras, y la educación profesional especializado.
2. MANTENGA Y REALCE SU CONOCIMIENTO PROFESIONAL Y EXPERIENCIA
El inspector va a participar en la educación continua como es requerido por las normas de la Sociedad.
3. CONDUZCA SU NEGOCIO EN UNA MANERA PROFESIONAL
El perito hará lo siguiente:
Aceptar sólo las tareas que se pueden completar con competencia profesional.
Publicidad solamente de una manera digna, teniendo cuidado de evitar declaraciones engañosas.
Respetar el carácter confidencial del peritaje maritimo.
4. MANTENGA INDEPENDENCIA, INTEGRIDAD Y OBJETIVIDAD
El perito hará lo siguiente:
Al representar el cliente: se esforzará para presentar hechos y opiniones sin prejuicios.
Abstenerse de suprimir, demasiado énfasis en la manipulación o hechos.
Fijación de los honorarios basada en trabajos realizados para un cliente y evitar cualquier tipo de compensación que pueda ser percibido como un juicio corrupto.
5. EVITE PREJUICIO Y CONFLICTO DE INTERÉS
El perito hará lo siguiente:
Evitar las tareas que puedan generar un conflicto de intereses.
Informar al cliente de cualquier conexión de negocios, interés o afiliación que podrían influir en el juicio o poner en peligro la naturaleza desinteresada de una inspeccion.
Aceptar una indemnización de más de una fuente única con el pleno conocimiento de las partes interesadas.
No hacer declaraciones falsas, engañosas, injustas o engañosas concernientes a los miembros inspectores o los servicios de peritaje, calificaciones o integridad.
The Society of Accredited Marine Surveyors®, Inc. 7855 Argyle Forest Blvd, # 203 Jacksonville, FL 32244